La justicia en lo Contencioso Administrativa de Quilmes ordenó suspender la ordenanza que prohibía la utilización y venta de pirotecnia en el Municipio, en línea con un fallo de la Suprema Corte de Justicia bonaerense que declaró en septiembre inconstitucional una norma similar en General Alvarado.
El fallo, firmado por el juez Hugo Guarnieri, ordena al municipio que “suspenda la aplicación y los efectos de las ordenanzas 99897/04 y 10031/04, disponiendo en consecuencia se autorice la venta libre de los productos”.
El magistrado consideró, asimismo, que en la ordenanza “la ausencia u omisión de detalles hacen aparecer en principio como endebles o arbitrarias estas argumentaciones, ello sin desmedro de la posible presencia de un abuso en el ejercicio del poder por parte de la administración”.
Alvarado mantiene por ahora la ordenanza de Pirotecnia Cero. La Corte le dio un plazo de seis meses para reformar la ordenanza actual que se cumplen en marzo. El Departamento legal ya trabaja en un borrador al respecto.
En relación a la comercialización de la pirotecnia hay un fuerte debate legal. Mientras la Cámara obtuvo un respaldo en su batalla en la Justicia de San Juan, recibió rechazos de la Justicia de Entre Ríos y Mendoza, provincias en las que se avaló ordenanzas prohibitivas.