La resolución fue tomada, ante la falta de presentación de una demanda -en los tiempos legales- por parte de la administración Barrera. De tal modo, ante la falta de contrato y falta de pago de los servicios prestado desde mayo a la fecha, la empresa resolvió volver a cerrar las puertas de relleno sanitario. Por lo pronto, mañana sabado, no habrá recolección de residuos.
La resolución del juez
RESUELVO: 1) Decretar la caducidad de la medida cautelar oportunamente decretada en estos obrados (art. 23 inc. 1 del C.P.C.A). 2) Imponer las costas a la actora Municipalidad de Villa Gesell (Art. 23 inc. 3 del C.P.C.A) 3) En aras de bregar por la optimización del principio de economía procesal, firme que quede la presente estése a la regulación de honorarios que se practicará por separado (Arts. 77 del C.P.C.A. y 34 inc. 5 ap e)- del C.P.C.C.). REGISTRESE y NOTIFIQUESE por Secretaría. Fdo. Dr. Antonio Marcelino Escobar - Juez en lo Contencioso Administrativo de Dolores."