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  • Jose Maria Louzao

    Cuando la moscota ataca: ¿Razas peligrosas o personas irresponsables?
¿Quién tiene la culpa? ¿Los extraños deben guardar prudente distancia al no conocer la mascota ajena?
 
Para la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mercedes, las culpas pueden dividirse, y así lo decidieron en los autos caratulados "M. P. contra S. J. s/ Daños y Perjuicios".
 
La Justicia dividió la responsabilidad argumentando que el animal había sido provocado por la mujer, aún ante la advertencia de sus dueños de que no moleste al perro, que al final terminó atacándola.
 
Asi, los magistrados determinaron partir las culpas en un 50% para cada parte, entre los dueños de un perro de raza Rottweiler y la mujer que fue atacada, ello, teniendo en cuenta que la actora había traspasado la mitad de su cuerpo por el mostrador del comercio donde estaba el animal que acompañaba habitualmente a sus dueños demandados, y no solo cruzó el mostrador hacia el can sino que lo tomó del collar para propinarle un beso. La mascota en principio ignoró a la cariñosa mujer pero ella insistió y ahi fue cuando el perro cansado de su insistencia la mordió.
 
En este orden de ideas, no solo se ponderó la conducta negligente de la víctima que advertida del can, continuó en su accionar irresponsable en busca de besarlo haciendo caso omiso a los dueños.
 
Y para el camarista se tuvo en cuenta también "El dominio del animal con su guarda", considerando que "el ser titular o servirse de un animal doméstico, domesticado o feroz crea una situación de peligro, porque se trata de una cosa animada que en muchas oportunidades no puede ser controlada. Esa imposibilidad de vigilancia y autoridad sobre el animal crea un riesgo, lo que conduce a proteger a los damnificados por el hecho que aquel produzca".
 
Asimismo, el artículo 1124 del Código Civil consigna que “el propietario de un animal, doméstico o feroz, es responsable del daño que éste causare, pesando la misma responsabilidad sobre la persona a la cual se hubiere mandado el animal para servirse de él" y el art. 1125, en cambio, prescribe que si el animal que hubiere causado el daño, fue excitado por un tercero, la responsabilidad es de este, y no del dueño del animal”.
Así se tuvo en cuenta una culpa concurrente y una responsabilidad compartida.
Concluyendo, en mi opinión personal como amante de las razas fuertes y de cualquier mascota, considero que no existen razas peligrosas ni agresivas sino, dueños o personas irresponsables.
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