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Medio Ambiente

La justicia prohíbe la pesca de arrastre en las primera 3 millas náuticas

25-03-2022 Así lo resolvió el juez en lo contencioso administrativo Marcelino Escobar. La causa fue iniciada por el exconcejal Hernán Luna.
El Juez en lo contencioso administrativo Marcelino Escobar de Dolores resolvio hacer lugar a la peticion presentada por el ex concejal Hernán Luna sobre la pesca de arraste.
El magistrado resolvió ordenar la prohibición de pesca de arrastre en las primera tres millas náuticas. 
RESUELVO: 1) Hacer lugar a la medida cautelar peticionada por el accionante, y en el marco del principio precautorio, ordenar al Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires que proceda a suspender los efectos de las resoluciones N° S.S.A.P. N° 24/06 y N° 32/06 sobre todas las embarcaciones que cuenten con autorización para realizar la pesca mediante red de arrastre en el lugar, hasta tanto dicho organismo, como Autoridad de Aplicación acompañe o elabore un Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A) que lo habilite de modo expreso y fundado para desarrollar la actividad de pesca por arrastre en las primeras tres millas náuticas de la ribera
marítima del Partido de Villa Gesell.
 
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