La ARVIGE informa a todos los comercios comprendidos en el rubro juguetería o similares sobre la obligatoriedad de cumplir estrictamente con lo establecido por la Ley 24.703.
Dicha normativa prohíbe la comercialización en estos locales de réplicas o imitaciones de armas cuyo funcionamiento sea mediante mecanismos automáticos o semiautomáticos, así como también la venta de determinadas ballestas y objetos punzantes que posean hojas de metal y contornos con filo.
En este sentido, se recuerda que este tipo de productos no puede ser ofrecido en jugueterías ni en comercios afines, en resguardo de la seguridad pública.
La Secretaría de Seguridad, en conjunto con la Dirección de Inspección, llevará adelante operativos de control en los establecimientos mencionados.
En caso de detectarse incumplimientos, se procederá al decomiso y destrucción de la mercadería, además de la posible clausura del comercio infractor.
