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Elecciones 2025

Elecciones: Qué pasa si no voy a votar

07-09-2025 Cuáles son las consecuencias para quienes no concurran a las urnas, cómo se puede justificar la ausencia y qué grupos están exentos de la obligación según la ley electoral.

Quienes no se presenten a votar en las elecciones del 7 de septiembre sin una justificación válida serán incluidos en el Registro de Infractores al deber de votar.

La ley prevé multas económicas (de entre 1.000 y 2.000 pesos argentinos) y restricciones administrativas, como la imposibilidad de realizar trámites ante organismos estatales durante un año y la inhabilitación para asumir cargos públicos por tres años.

Solo quedan exentos quienes acrediten, en tiempo y forma, una causa legalmente aceptada ante la Justicia Electoral.


Cómo se justifica el no voto en las elecciones PBA

La Ley Electoral de la provincia de Buenos Aires establece que las personas que no puedan votar el 7 de septiembre por motivos justificados deben acreditar la causa ante la Justicia Electoral dentro de los 60 días hábiles posteriores a la elección.

El trámite puede hacerse de manera digital, ingresando al Registro de Infractores y cargando la documentación respaldatoria correspondiente.

Para justificar la ausencia, se debe presentar un certificado médico oficial en caso de enfermedad o imposibilidad física, una constancia policial en caso de estar a más de 500 kilómetros del lugar de votación, o documentación laboral si se cumplía una función indispensable durante la jornada. También pueden justificar el no voto quienes hayan actuado como fiscales o personal electoral en otra mesa. Si la documentación es aceptada, no se aplicarán sanciones al elector.

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