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Coronavirus

Provincia anuncia restricciones entre la 1 y las 6 en los municipios en fases 3 y 4

09-01-2021 En esos distritos "se suspenderá entre las 1 y las 6 la actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa", excepto los servicios esenciales, a partir del lunes. Además, habrá millonarias multas por organizar fiestas clandestinas.

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires dispuso este sábado una serie de medidas para contener el incremento de contagios de coronavirus, que incluyen la suspensión de las actividades entre la 1 y las 6 de la mañana en los municipios que se encuentran en fases 3 y 4 y la aplicación de multas de hasta 3 millones de pesos para los organizadores y asistentes a fiestas clandestinas.

Según se anunció en un comunicado, en los municipios que se encuentren en fases 3 y 4 del distanciamiento social “se suspenderá entre las 1 y las 6 la actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa”, con excepción de “las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales”.

El gobierno de Axel Kicillof decidió, además, “reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos” y “restringir el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales”.

Desde el lunes

Las nuevas disposiciones entrarán en vigencia el lunes 11, a partir de la 1, mientras que al martes se actualizarán las disposiciones en base a la nueva situación epidemiológica y sanitaria de la provincia, según se indicó.

Asimismo, se informó que la Provincia continuará empleando el sistema de fases vigente para la habilitación de actividades y servicios en sus 135 distritos, de acuerdo con su situación epidemiológica y sanitaria. Actualmente, 17 municipios se encuentran en fase 5, 109 en fase 4 y 9 en fase 3.

Entre otras medidas, en la provincia de Buenos Aires se reforzarán “todos los controles, tanto provinciales como municipales, para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas”.

En cuanto a las fiestas y reuniones que “vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas”, además de las sanciones previstas en el artículo 205 del Código Penal, el Gobierno bonaerense estableció que podrán aplicarse multas de hasta 3.364.000 pesos a los asistentes y organizadores como también a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.

Las autoridades bonaerenses recordaron que las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, que funciona viernes, sábados y domingos de 22 a 6 exclusivamente para este tipo de delitos.

Decreto

La decisión bonaerense se conoce luego de que ayer el Gobierno nacional -a través de un decreto- delegara en cada gobernador la potestad de implementar restricciones en la circulación y las actividades nocturnas de su distrito.

No obstante si siguiera los criterios epidemiológicos trazados en el decreto publicado por el Gobierno nacional el gobernador Axel Kicillof debería aplicar la restricción nocturna en toda la provincia de Buenos Aires, que en los últimos 14 días incrementó casi un 50% el número de casos con respecto a las dos semanas anteriores.

Esto es así, porque el decreto 4/2021 define dos criterios de riesgo sanitario y condiciones epidemiológicas que la provincia cumple sobradamente: que la razón de casos, definida como el cociente entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20 y que la incidencia, definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes, sea superior a 150. (DIB) MM

 

Fuente: https://dib.com.ar/

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