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Coronavirus

Se autorizan las reuniones sociales al aire libre

28-11-2020 Hasta un máximo de 10 personas con barbijo y respetando el distanciamiento social

De acuerdo al D.N.U. 875/2020, en su ARTÍCULO 26. señala que en cuanto a REUNIONES SOCIALES, se autorizan las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre siempre que las personas mantengan entre ellas una distancia mínima de DOS (2) metros, utilicen tapabocas y se dé estricto cumplimiento a los protocolos y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y nacionales. Cuando se trate de lugares alcanzados por el artículo 9° del presente decreto, las mismas solo están autorizadas hasta un máximo de DIEZ (10) personas.

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