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Coronavirus

La UCI y el cierre de comercios

18-03-2020 En un comunicado emanado desde la institución que representa ese sector, se indicó que: "Son tiempos en los que la sociedad debe mantenerse unida y solidarizarse para combatir la pandemia que hoy nos perjudica".

EL COMUNICADO:

En el día de hoy, martes 17 de marzo, el Intendente Municipal Sr. Gustavo Barrera dió a conocer en conferencia de prensa las nuevas medidas tomadas en relación con la pandemia de público conocimiento -Coronavirus- y en sintonía con lo dispuesto por el Gobierno Nacional.

La Unión del Comercio y la Industria no es ajena a esta información, y por lo tanto queremos acercarte las disposiciones tomadas por el Departamento Ejecutivo que atañen al sector, expresadas en el Decreto 991/20, y que tendrán vigencia desde hoy, martes 17 hasta el martes 31/03/2019.

1- Se dispone el cierre de todo aquel local comercial que genere aglomeración de personas, a saber:

  • – restaurantes, rotiserías; 
  • – bares, boites;
  • – balnearios;
  • – hoteles, apart hoteles(en este caso puntual, se establece la prohibición del ingreso de nuevos huéspedes, inclusive aquellos que ya dispongan de una reserva para estas fechas, y la restricción del uso de piscinas -tanto cubiertas como descubiertas-)
  • – cine, confiterías, cafés, cafeterías;
  • – cervecerías, pizzerías, hamburgueserías, heladerías;
  • – servicio de comida o café en estaciones de servicios;
  • – cualquier otro comercio con mesas al público;
  • – teatros;
  • – salas de juegos electrónicos, salas de video juegos, salas de juegos;
  • – confiterías bailables, locales bailables, boliches, pub;
  • – salones de fiesta, salones de usos múltiples, salones de fiestas infantiles, peloteros;
  • – natatorios, gimnasios, centros de entrenamiento, complejos recreativos, clubes;
  • – lugares donde se se realizan actividades deportivas;
  • – lugares que por razones sociales o religiosas convoquen la reunión de personas;
  • – y cualquier otro lugar similar a los descriptos.

 

Ello así, puesto que se busca prevenir cualquier foco de contagio del virus que pueda afectar y perjudicar la situación social actual, como así también la salud de aquellos que se encuentran incluidos en las categorías de riesgo.

2- Por el mismo lapso de vigencia, los restaurantes, rotiserías, pizzerías, heladerías, cantinas, cervecerías, bares, balnearios, similares y afines están autorizados a disponer únicamente el servicio de venta al público en mostrador o delivery (envíos a domicilio) sin colocar mesas y sin necesidad de anexar el rubro a la habilitación municipal, siempre y cuando se extremen las medidas de bioseguridad; para ello, la UCI sugiere:

  • – mantener al alcance del público y del personal alcohol en gel o similares/derivados para la higiene y desinfección de los mismos;
  • – que aquellos comercios que sean estrictamente de atención al público (fábrica de pastas, locales de ropa, ferreterías, etc.) limiten el ingreso a una o dos personas a la vez, y organicen filas de espera en el exterior del local con una distancia mínima de dos metros por persona en el caso en que se produzca una acumulación de gente.
  • – para los supermercados, e incluyendo las sugerencias anteriores, reforzar el servicio de cajas para agilizar la salida de los clientes; higienizar cada una hora las barandas, manijas de carros y todo elemento de contacto con el público,  proveer a su personal de guantes de látex y barbijos,y, de acuerdo con el decreto, establecer un horario especial y exclusivo para la atención de la población considerada dentro de los grupos de riesgo.

 

Seamos conscientes de la importancia que tienen estas medidas, a bien de cuidar al otro y cuidarnos a nosotros mismos. Son tiempos en los que la sociedad debe mantenerse unida y solidarizarse para combatir la pandemia que hoy nos perjudica.

La UCI estará alerta a toda nueva actualización de la información y será divulgada por los medios habituales.

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