El Juzgado en lo Correccional N.º 3 de Dolores, a cargo del juez Jorge Martínez Mollard, condenó a Jesús Oscar Franco Galván a un año, cuatro meses y 19 días de prisión de efectivo cumplimiento por el delito de encubrimiento, en una causa vinculada al robo de una bicicleta ocurrido durante la temporada de verano de 2025 en Villa Gesell.
La sentencia fue dictada tras declarar formalmente admisible un acuerdo de juicio abreviado. Además de la pena de prisión, el magistrado declaró la reincidencia del acusado y le impuso el pago de las costas procesales.
La investigación determinó que Galván tenía en su poder una bicicleta robada y que, al momento de ser interceptado por efectivos policiales, intentaba ofrecerla en venta a comerciantes y transeúntes en la zona de la playa.
El robo de la bicicleta en pleno centro
De acuerdo con las actuaciones judiciales, el hecho que dio origen a la causa ocurrió el 23 de enero de 2025, entre las 9 y las 10.30, en las inmediaciones del comercio Tobby, ubicado en Paseo 104 y avenida 2.
En ese lugar, autores que no fueron identificados violentaron el candado de seguridad con el que estaba asegurada una bicicleta rodado 29, marca OVER, de color gris azulado y con detalles en fucsia y rosa. El rodado había sido dejado en un bicicletero, en la esquina del lugar de trabajo de su propietaria.
Tras romper el sistema de seguridad, los responsables se apoderaron de la bicicleta y escaparon.
Lo encontraron ofreciendo el rodado en la rambla
La intervención policial se produjo luego de que la central de despachos del sistema de emergencias 911 de Pinamar alertara a las patrullas sobre la presencia de un hombre que intentaba vender una bicicleta de características similares en la rambla de Villa Gesell.
Según el reporte, el sospechoso vestía una camiseta oscura con la inscripción “DI MARÍA” y el número 22 en la espalda.
Al llegar a la intersección de avenida Buenos Aires y la playa, los efectivos identificaron a un hombre que coincidía con la descripción y que se encontraba junto a una bicicleta gris con franjas rosas.
Durante el procedimiento, los policías recordaron que horas antes se había recibido un aviso por el robo de un rodado de características idénticas en Paseo 104, entre las avenidas 2 y 3.
Ante esa coincidencia, a las 2.10 se concretó la aprehensión preventiva del sospechoso y el secuestro de la bicicleta. De acuerdo con el acta policial, el hombre se negó a aportar sus datos personales y manifestó llamarse Juan Jesús Galván.
Mientras se completaban las actuaciones, la propietaria del rodado se presentó espontáneamente en la dependencia policial para denunciar el robo de la bicicleta, que utilizaba como herramienta de trabajo.
Posteriormente, reconoció formalmente el vehículo como de su propiedad.
Las pruebas que fundamentaron la condena
Para arribar a una sentencia condenatoria, el juez Martínez Mollard valoró distintas pruebas incorporadas a la investigación, entre ellas el acta del procedimiento policial, la denuncia de la damnificada, las inspecciones oculares, el croquis del lugar, las fotografías del rodado y las actas de reconocimiento de la bicicleta.
La resolución encuadró la conducta de Galván en el delito de encubrimiento, previsto en el artículo 277, inciso 1.c, del Código Penal, y estableció su responsabilidad penal en los términos del artículo 45.
En el marco de la causa, el imputado había sido convocado a prestar declaración el 29 de enero de 2025, oportunidad en la que hizo uso de su derecho constitucional a negarse a declarar.
Juicio abreviado y declaración de reincidencia
El proceso se resolvió mediante un acuerdo de juicio abreviado en el que intervinieron el fiscal Walter Mercuri y el defensor oficial Rolando Brown.
La conformidad del acusado fue expresada durante una audiencia realizada por videollamada a través de WhatsApp, en la que manifestó comprender el alcance de la propuesta y aceptó sus términos.
Al establecer la pena, el magistrado también declaró la reincidencia de Galván, sobre la base de un informe oficial del Registro Nacional de Reincidencia fechado el 22 de agosto de 2025.
Una vez que la sentencia quede firme, se realizará el cómputo definitivo de la pena y las actuaciones serán remitidas al Juzgado de Ejecución Penal Departamental para continuar con la etapa correspondiente.
