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Judiciales

Su hija lo denunció de haber abusado sexualmente de ella, pero en el juicio reconoció que todo había sido una mentira

08-09-2025 Un vecino de Villa Gesell denunciado de abuso sexual por su hija menor fue sobreseído en el marco de un juicio oral desarrollado en el Tribunal en lo Criminal n° 2 de Dolores, luego que la presunta víctima se retractara y reconociera que todo había sido una mentira.

El Tribunal estuvo integrado por los Dres. Antonio Severino, Christian Gasquet y Christian Rabaia, Jueces que antes del inicio del receso judicial del pasado mes de julio dictaron el sobreseimiento del procesado, disponiendo su inmediata libertad desde la Unidad Penal 6 donde se encontraba alojado. Además, dispusieron el día 2 de septiembre como fecha para dar a conocer los fundamentos de la decisión.

Y así ocurrió. El pasado martes se conoció la resolución del Tribunal -a la que Diario Compromiso accedió- y de la que surge que: el Dr. Severino fue el Juez de primer voto, en el que señaló que el procesado había llegado al juicio oral imputado de «Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo y por ser cometido en perjuicio de una menor de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente en Villa Gesell».

Que el Fiscal de Juicio al momento de concretar su acusación, había considerado probado que en una vivienda de Villa Gesell en horas de madrugada del mes de enero de 2022, el progenitor de una menor de 11 años de edad ingresó al domicilio y abuso sexualmente de esta aprovechando que se encontraba sola y acostada en la cama.

Durante el desarrollo del juicio la presunta víctima se retractó de la acusación, argumentando la Defensora Oficial, que finalizado el proceso no se había podido «ni remotamente» acreditar el delito imputado. Al efecto señaló, que la acusación del Fiscal se basaba en hechos no probados, alegando especialmente, que la joven durante casi una hora y ante los intensos cuestionamientos del Fiscal había afirmado contundentemente que el abuso denunciado jamás había ocurrido. Indicando además, que la psicóloga que trató a la menor había afirmado que no existían signos de abuso sexual, destacando también la Defensora la retractación de la víctima, que no había pruebas médicas y testimoniales que respaldará la acusación, por lo que solicitaba la absolución de su defendida.

En su análisis el Juez Severino puntualizó, que la joven (hoy de 15 años) en su declaración y bajo juramento de ley sostuvo “que todo lo que previamente había denunciado, fue una mentira que ella misma inventó. Sostuvo que previo a la denuncia… ella anhelaba y demandaba la atención de su padre autolesionándose, que como eso no funcionó, realizo la acusación porque sentía un abandono por parte de su padre ya que éste en ese entonces, según su parecer, tenía más relación con los hijos de otro matrimonio, que con ella y sus restantes hermanos. Que jamás imaginó que la situación llegaría a un juicio y a su padre privado de la libertad”. Y que en llantos relató ante el Tribunal “situaciones en las que ella se sentía en un segundo plano, o con falta de atención por parte de su padre, y que ella lo necesitaba mucho”. También afirmó, que sus hermanos sabían la verdad, que conocían que todo había sido una mentira porque ella misma se los había dicho. Que lo único que ahora pretendía era estar con su padre, “que todo fue por celos y necesidad de afecto…”.

En el juicio declararon la abuela paterna, que dijo que creía lo que ahora estaba diciendo su nieta, que estimaba que la denuncia había sido por problemas de celos ante el casamiento de su padre.

Los hermanos de la menor dijeron que esta les había confiado que de todo lo enunciado era mentira. Que lo había hecho porque estaba celosa y quería la atención de su padre.

La psicóloga que la atendió, dijo que la menor le había confiado que la acusación contra su padre era mentira, que es ella veía una figura paterna absolutamente ausente y demandaba de forma continua su atención, y que se mostraba enojada por no lograr un vínculo más cercano.

Y el Juez Severino en base a ello consideró, que la retractación de la menor no podía ser desestimada sin más en razón que ella había admitido haber mentido, incluso describiendo el proceso de por qué lo hizo y qué buscaba con ello. Que también su círculo íntimo lo había corroborado en sus testimonios. Y que, ante la retractación explícita y fundada de la acusación inicial, sumado a la ausencia de otra evidencia que corroborara los hechos, generaban una duda razonable e insuperable que obligaba a no tener por probado el hecho ni la autoría del imputado.

Por ello, acompañado en el voto por los otros Jueces, por unanimidad resolvieron dictar “Veredicto absolutorio” en favor de D.M.T., nacido en Villa Gesell, empleado, en orden al hecho y delito por el que fuera formalmente acusado, por no haberse probado su materialidad ilícita ni la autoría”.

 

Nota: dado la edad de la menor se omiten nombres o detalles que pudieran permitir identificarla, tal lo establece la ley.

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