En una sentencia reciente dictada por el Dr. Eduardo Campos Campos actuando como Juez unipersonal del Tribunal en lo Criminal nº 2 departamental, se condenó a dos vecinos de Villa Gesell sometidos a proceso penal por un hecho de “abigeato agravado” perpetrado en el Partido de Gral. Madariaga.
En la resolución -a la que tuvo acceso “Diario Compromiso”- se indica que el juicio tuvo carácter de abreviado, que fue consensuado por las partes técnicas con acuerdo expreso de los imputados, señalándose respecto del hecho en juzgamiento, que el 4 de junio de 2021 Pablo Ezequiel Castro y Marcos David Reyna junto a otros cuatro masculinos -no sometidos a este proceso-, previo cortar los alambres ingresaron al establecimiento rural Santa Teresa en el Partido de General Madariaga, donde se apoderaron y mataron a cinco terneros Aberdeen Angus, los cuales llevaron consigo al huir del lugar.
El damnificado al formular la denuncia manifestó, que el puestero le había avisado que en uno de los potreros, donde había 5 terneros de entre unos 170 y 200 kilos, había encontrado 4 cuatro cabezas y las patas de los mismos, como también bosteo y restos de sangre. Agregó haber visto en varias oportunidades a lo lejos personas cazando
El puestero indicó haber encontrado alambres cortados en dirección a Villa Gesell, los cuales había arreglado para evitar que escaparan los animales y se produjera un accidente, agregando, que si bien no conocía a los autores del robo por comentarios sería sujetos de aquella localidad.
Con algunos datos obtenidos en el inicio de la investigación y con el testimonio de una persona, que dijo haber escuchado personas a caballo que cruzaban por el camino de tierra que lindaba con su lugar de trabajo, los investigadores realizaron un rastrillaje sobre una calle de arena de Villa Gesell, observando entre los pastizales cinco cueros de vacunos de animales no muy grandes.
Un testigo dijo conocer que había una banda de seis o siete personas que se dedicaban a robar caballos, los que abandonaban luego de usarlos para los robos de vacunos que cometían, señalando que en la chatarrería de Reyna “aguantaban” y vendían la carne. Agregó que, una vez cuereado el animal al cuero lo tiraban dentro del monte.
Un investigador policial señaló haber obtenido información que muchas veces los sujetos de la banda saldrían armados, que hacían alarde de los hechos que cometían, precisando que la zona donde vivían estaba ubicada a metros de donde fueron encontrado los cueros vacunos. Y agregó, que para perpetrar el ilícito en investigación habrían utilizado entre tres y cinco caballos para transportar en bolsas la carne faenada.
La policía pudo identificar a los probables autores, como también dos despensas de la localidad donde los fines de semana ponían carteles con “promociones” de venta de la carne vacuna proveniente de esa faena ilícita.
En las redes sociales se ubicó fotos de uno de los investigados con cortes de asado con pedazos de carne muy grandes, que no parecían haber sido cortados a máquina sino en forma casera.
La policía realizó distintos allanamientos, en los que se secuestraron diversos elementos relacionados con la causa, por ejemplo, en el domicilio de uno de los sujetos sindicados carne congelada, una sierra, una máquina de picar carne, un malacate, una ganchera, ganchos, roldanas y hachas. En otra vivienda se incautó una sierra arco, cuatro cuchillas, un hacha y una bolsa conteniendo tres patas vacunas. En un tercer caso se secuestró una cuchilla, una chaira, una sierra de gran dimensión de uso de carnicería, un cráneo de vaca, una hoja de sierra de 80 cm de largo de uso de carnicería, 9 municiones intactas calibre 22, y fragmentos de caravanas usadas para identificar vacunos.
Uno de los imputados negó su participación en el hecho, indicando el Magistrado que los elementos secuestrados en su domicilio resultaban suficientes para tener demostrada su participación. Otro sostuvo que las cosas que encontraron en su casa no eran de él, que se las habían puesto los que fueron a allanar. Sin embargo, el Juez luego de merituar las manifestaciones de testigos de la defensa -amigos o parientes de los imputados-, señaló que los dichos de este procesado no lograban desvirtuar el cuadro convictivo.
Y merituando que en el domicilio de uno de estos imputados se había hallado entre otras cosas un cuero y una caravana, que fueron reconocidas a posteriori reconocidos por el damnificado, como también el resultado de los allanamientos positivos en los domicilios de los coimputados no sometidos a este juicio y la relación de amistad que existía entre ellos, el Juez consideró acreditada la materialidad ilícita y la coautoría de los procesados juzgados.
Por ello el Dr. Campos Campos resolvió condenar a Marcos David Reina, de 21 años de edad, y a Pablo Ezequiel Castro (“El Nutria”), de 33 años, ambos con domicilio en Villa Gesell, como coautores del delito de “Abigeato doblemente agravado por la participación de más de tres personas”, imponiéndoles como pena “Cuatro años de prisión”.