ABRIR

Judiciales

Cámara de Apelaciones rechazó recurso de la Secretaria de Energía en contra de un fallo favorable a Cevige

24-03-2023 De esta manera queda firme la sentencia en primera instancia, a favor de la cooperativa, en su reclamo de compensación por el quiebre de la ecuación económica. El fallo también dice que no libera a Cevige “de la obligación de regularizar sus deudas contraídas en materia de distribución de energía eléctrica”.

La Cámara Federal de Mar del Plata rechazó la apelación del Estado Nacional en la sentencia que fue dictada por el Juzgado Federal de Dolores a favor de Cevige en su reclamo de compensación por el quiebre de la ecuación económica.

Los Jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez confirmaron en segunda instancia que el reclamo de la Cooperativa Eléctrica de Villa Gesell es válido y rechazaron el pedido de apelación de la Secretaría de Energía, por lo que el Estado Nacional deberá realizar una compensación económica con la institución geselina.

El mismo fallo indica que esto “no libera a la cooperativa ahora demandante de la obligación de regularizar sus deudas contraídas en materia de distribución de energía eléctrica, aunque ello deberá hacerse en las condiciones de sostenibilidad previstas en la ley, que garanticen a la vez la calidad del servicio público de energía y su debida y oportuna provisión a la población”.

Esta nueva sentencia a favor del reclamo de Cevige “confirma la validez del trabajo realizado por años desde las áreas técnicas de la Cooperativa Eléctrica de Villa Gesell, en los que se han sufrido embates de diferentes ámbitos para dañar la imagen de la institución”, señalaron desde la entidad en un comunicado.

Volver
® Copyright 2025 CENTRAL DE NOTICIAS VILLA GESELL - Todos los derechos reservados.
La reproducción total o parcial de los contenidos aquí vertidos sólo sera permitida citando la fuente.

Los contenidos periodísticos y/o fotográficos aquí publicados, se encuentran protegidos por la Ley 11.723; "la reproducción de contenidos no autorizados, constituye un acto ilícito y por ello sancionable".