El Juez Marcelino Escobar resolvió no dar lugar al pedido de una medida cautear contra la Municipalidad de Villa Geselll, solicitada por la Cooperativa Eléctrica de Villa Gesell tras el decreto 2844/19 que estableció la caducidad de contrato de concesión del servicio de mantenimiento y conservación del alumbrado público en la ciudad.
Cevige se presentó ante la justicia, tras la convalidación de HCD del decreto 2844/19 firmado por el Intendente Gustavo Barrera, donde ponía fin a la relación con la Cooperativa Eléctrica en cuanto al servicio de alumbrado público.
La Cooperativa además de cuestionar el decreto de Barrera, solicitaba una indemnización por la caducidad del contrato por a suma de 90 millones de pesos. El fundamento de Cevige para iniciar la demanda judicial radicaba en que el contrato de mantenimiento y conservación del alumbrado público rubricado el 1 de agosto de 2004 formaría parte del contrato de concesión del servicio publico de distribución y comercialización de energía adjudicado cuyo contrato se rubricó el 20 de enero de 1999, durante la intendencia de Luis Baldo.
El decreto 2844/19 por medio del cual se dispuso la caducidad de dicha contratación debia ser convalidado por el Departamento Deliberante a través del dictado de la pertinente Ordenanza. El pasado 8 de febrero, el HCD convalidó la caducidad de la contratación de Cevige, en una sesión extraordinaria donde el Frente de Todos con 8 votos a favor y 1 en contra, respaldó la decisión de actual intendente Barrera.
La sesión del mes de febrero también fue cuestionada en la presentación judicial por parte de Cevige, ya que señalaban que se necesitaban 9 votos para aprobar la ordenanza 3067, en base a los 16 concejales que integran el HCD geselino.
Entre otro de los fundamentos para presionar al magistrado a dictar la medida cautelar, Cevige incluyó una mención, sobre el pedido del Presidente del Concejo de Administración en donde se informaba que en la prestación del servicio de mantenimiento del alumbrado público habría destinado un plantel integrado por 7 trabajadores.
El servicio, según conta en la demanda, se brindaba todos los días del año insumiendo un gasto mensual en sueldos y aportes previsionales que ascendía a la suma de $ 1.766.406,25 y en caso de materializarse la extinción del contrato la actora tendría que despedir a esos 7 trabajadores debiendo asumir el pago de indemnizaciones por la suma de $ 24.902.460,86 provocando la perdidas de dichas plazas laborales.
El Juez Escobar, no dio lugar a la medida cautelar y resta definir a que otras instancias recurrirá la Cooperativa Eléctrica en la disputa contra la Municipalidad de Villa Gesell y la gestión de Gustavo Barrera. Además de resolver la situación de 7 puestos de trabajo dentro de Cevige.