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Judiciales

Prisiones domiciliarias ¿Preocupación o alarma infundada?

18-04-2020 Durante la visita del Ministro Berni, se habló de las prisiones domiciliarias y el beneficios que algunos reos con domicilio en Villa Gesell han obtenido.

La realidad del Servicio Penitenciario Bonaerense nos habla de sobrepoblación y hacinamiento. El SPB tiene una capacidad de alojamiento de 28 mil detenidos en sus 54 unidades. Pero lo cierto es que antes de que se decretara el aislamiento social preventivo la población en las cárceles ascendia a 40 mil reclusos. Lo mismo se reflejaba con las comisarías, que cuentan con mil camas habilitadas para 4 mil presos. 

Si bien el arresto domiciliario no implica impunidad, se encendió una alarma al conocer que habrían delincuentes condenados en la ciudad gozando de ese beneficio. 

Lo dispuesto por la pandemia del covid 19, no implica alguna modificación en el proceso o en el cumplimiento de la pena, que se volverá a hacer efectiva al finalizar la pandemia.

Fuentes judiciales informaron a este medio que se han concedido arrestos domiciliarios, pero que no implican que hayan excarcelaciones, sino que se tiene en cuenta el hacinamiento en las cárceles bonaerenses como uno de los factores que podrían ayudar a expandir el coronavirus. 

El arresto domiciliario como indica la palabra, significa que la persona debe mantenerse dentro del domicilio y si fuera sorprendida fuera, es detenida y devuelta al penal o comisaría. 

En tanto que el Patronato de liberados, quien a tomado intervención de los casos de la ciudad, a disposición del Juzgado de Garantías, es quien realiza el trabajo de seguimiento de los reclusos en Villa Gesell con el beneficio de la domiciliaria. Se realiza un exhaustivo seguimiento de los casos para preservar la salud de los detenidos y la tranquilidad de la población en general. 

De acuerdo a la información brindada, y si bien la resolución de Casación exhorta a los jueces de la provincia morigerar las prisiones preventivas y condenas por delitos leves, no aclara cuales son consideradas en esa categoría. En Villa Gesell, los beneficiados estarían dentro de esa categoría y el análisis que se está realizando por parte de las autoridades pertinente determinará si se solicita el regreso de algún recluso a su celda por considerar que su estadía en la ciudad fuera peligrosa. 

Muchos magistrados consideran que no existen delitos leves, pero no escapa a la aplicación de justicia que el hacinamiento en las cárceles también es una falta grave del estado. 

Los ciudadanos serán quienes deban expresarse en relación a este problema, si aceptan la convivencia con quienes no han completado su proceso y la falta de infraestructura adecuada para el alojamiento de esas personas. 

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