El proyecto fue trabajado con el Secretario de Turismo en la comisión de turismo a fin de determinar algunos detalles de la norma , básicamente la ordenanza es un instrumento que se pone a disposición del ejecutivo para que este genere un convenio entre el Banco Provincia y el ministerio de Producción.
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º : Créase el programa de promoción turística “Villa Gesell en Cuotas” el cual tendrá como objetivo estimular la demanda de bienes y servicios que producen las actividades turísticas en nuestro Partido a través del otorgamiento de facilidades de financiamiento en cuotas y beneficios a quienes adquieran los mismos.
ARTÍCULO 2°: Se entiende por actividad turística a los servicios de alojamiento para visitantes, hoteleros y extra hoteleros, de provisión de alimentos y bebidas, de transporte de pasajeros en sus diversos medios, de alquiler de equipos de transporte, al servicio prestado por agencias de viajes y otros servicios de reservas, a los servicios culturales, deportivos y recreativos, y a aquellos bienes y servicios característicos del turismo y específicos del Partido de Villa Gesell.
ARTICULO 3°: El Programa será impulsado por la Secretaría de Turismo quien tendrá a su cargo la firma de los convenios con aquellas entidades de crédito, bancos, organismos del Estado nacional o provincial, clubes de beneficios y/o cualquier entidad de similares
características, y todos aquellos comercios que puedan financiar en cuotas sin interés ó puedan otorgar algún beneficio al turista.
ARTÍCULO 4°: Invítese mediante la Dirección Provincial de Delegaciones Turísticas de la Subsecretaría de Turismo de la Provincia de Buenos Aires al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a adherir a este programa, y suscribir con el Banco de la Provincia de Buenos Aires programas de financiación en cuotas y beneficios para aquellos ciudadanos que decidan vacacionar en el Partido de Villa Gesell
ARTÍCULO 5°: Invítese mediante la Secretaría de Turismo de Villa Gesell al Gobierno Nacional y al Banco de la Nación Argentina a adherir al programa de financiación en cuotas y beneficios que permitan promocionar a la ciudad como punto turístico por excelencia facilitando beneficios exclusivos.
ARTÍCULO 6°: Convóquese mediante la Secretaría de Turismo de Villa Gesell a las instituciones intermedias locales que representan al sector comercial y turístico a realizar esfuerzos conjuntos a fin de impulsar el mencionado Programa y generar la mayor cantidad de adhesiones del comercio local al mismo y, convóquese también a la Gerencia de distintas líneas aéreas locales a los fines de incluir la iniciativa en el plan “Aerolíneas Vacaciones” y/o cualquier otro de similares características, a los fines de poder generar paquetes turísticos con el propósito de revitalizar nuestro aeropuerto local.
ARTÍCULO 7°: Créase el Registro Público de Comercios y Hoteles Adheridos a “Villa Gesell en Cuotas”, quienes deberán exponer planes de financiación en cuotas, descuentos u otros beneficios a los consumidores, a los fines de ser promocionados los mismos en distintos puntos de la República Argentina, autorizándose a la Secretaría de Turismo a realizar contrataciones en los medios de comunicación y/o en cualquier otro sitio de interés a los fines de promocionar el programa mencionado.
ARTÍCULO 8°: Solicitar a las entidades financieras pertenecientes al Sistema Bancario Oficial Provincial y Nacional para que, en ejercicio de sus respectivas competencias, dicten las medidas correspondientes de modo de coadyuvar al logro de los objetivos del presente Programa.
ARTÍCULO 9°: Se solicita al Ministerio de Producción de la Nación y al Ministerio de Producción de Provincia se incluya al Programa “Villa Gesell en Cuotas” al Programa Nacional de Fomento al Consumo y la Producción AHORA12, el cual tiene como objetivo fomentar el consumo, el comercio el empleo y la producción nacional donde los argentinos pueden comprar hasta en 12 cuotas, así como a cualquier otro Programa Nacional y/o Provincial actual o futuro de similares características.
ARTÍCULO 10°: De forma.