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Política

EcoPlata fijó postura en el conflicto con la municipalidad

16-09-2016 A través de un comunicado, la firma dio detalles de los antecedentes de la negociación. Dijo que hace un mes le habían anticipado al intendente que si no formalizaba el servicio se le iba a impedir la entrada; también se señaló que la medida se va a mantener hasta que el Municipio de Villa Gesell cumpla con los compromisos

COMUNICADO DE PRENSA DE ECOPLATA S.A. 

La Empresa ECOPLATA S.A. comunica que a partir del día de la fecha ha dejado de prestarle el servicio de disposición de residuos a la Municipalidad de Villa Gesell, por los siguientes motivos que damos a conocer: 

a)      El día 27 de Mayo de 2016, se le solicitó que indique los servicios que requerirán en el  predio de disposición final de residuos para la elaborar presupuesto y firmar el contrato correspondiente.    Exp. Nº 2665/2016. 

b)      El día 01 de Junio de 2016, ante la rescisión del contrato de Concesión, sin causa, por parte de la Municipalidad, ECOPLATA S.A. presenta factura por servicios prestados durante la concesión, requiere urgente liquidación final,  responsabiliza por mora en el pago y hace reserva de derecho respecto a la modalidad de uso del predio de disposición final de residuos.   Exp Nº 2423/16. 

c)       El día 04 de Junio de 2016, ECOPLATA S.A.  Envía una carta documento, comunicándole que hasta el día de la fecha se le ha permitido ingresar al predio, ello a pesar de no existir un contrato. Que ya son dos las presentaciones que se han realizado a ese Municipio, advirtiéndosele que el silencio sostenido,  imposibilita suscribir un contrato que regule derechos y obligaciones para las partes e intimándole que en 72 horas nos indique por escrito la información solicitada. 

d)      El día 08 de Junio 2016,  el Sr. Gustavo Barrera, Intendente de nuestra Ciudad, nos envía una carta documento, indicándonos que por ser el único predio para depositar los residuos, solicita realizar una contratación por el mismo servicio que se le brinda a la Empresa Covelia y a la Municipalidad de Pinamar en idénticos términos y condiciones.      

e)      El día 14 de Junio de 2016, ECOPLATA S.A.,  contesta la carta documento, donde se le indica que en primer lugar no es el único predio, existiendo otro, en la entrada a la Ciudad de Mar de Ajo, donde deposita todos los residuos el partido de la Costa, lo que representa en la elección una cuestión de costos, no de inexistencia de opciones como se señalara el Sr. Intendente BARRERA, existe como antecedente la última licitación realizada en el Municipio de Pinamar, donde se presentaron dos predios para la disposición final, el administrado por Ecoplata y el de Gral. Lavalle, por otro lado se le comunica que la municipalidad no puede obligar a establecer ella el costo para depositar los residuos, Alcance Exp. Nº 2665/12. 

f)         El día 16 de Junio de 2016 el Sr. Jefe de Gabinete Nicolás Valdez, nos envía una carta documento, solicitando se le informe la estructura de costos del presupuesto brindado, a fin de considerar el contrato enviado. El pedido omite analizar que por expediente N° 2214/16, se le notificó un presupuesto elaborado por el CEAMSE, el cual a la fecha actualizado ronda los cien millones de pesos, para tareas como las requeridas por los tres Municipios. En otras palabras, se pide lo que ya tienen en su poder. 

g)        El día 27 de Junio de 2016, ECOPLATA S.A., contesta la carta documento e interpone un pronto despacho., se intima  a perfeccionar el contrato correspondiente, desistiendo de la actitud dilatoria. se le indica la improcedencia del pedido de estructura de costos y se hace reserva de derechos, asimismo se informa la naturaleza del costo del servicio y se formula un petitorio en el cual se invita a definir la situación que nos ocupa, que es nuevamente la firma de un contrato. Alcance Exp.  Nº 2665/12 

h)        Ante el silencio, ECOPLATA S.A., el día 29 de junio de 2016,  realiza una presentación al Sr. Intendente, requiriendo le abone un saldo de $ 543.564,10, pendiente de pago a nuestra Empresa por el servicio brindado por Recolección y Disposición final correspondiente al mes de Mayo de 2016, el cual al día de la fecha sigue impago y se le informa que la Empresa ECOPLATA S.A. toma la decisión de no consentir la subsistencia de un vínculo informal con la Municipalidad de Villa Gesell, cesando la recepción de residuos en el predio. Exp. 2753/16. 

i)          La Empresa ECOPLATA cierra el predio hasta tanto la Municipalidad de Villa Gesell, abone lo adeudado por la disposición final. 

j)           El día 30 de Junio de 2016, el Sr. Intendente Barrera solicita al Sr. Intendente de Gral. Madariaga una reunión con la ECOPLATA S.A.,  a la que no asiste  BARRERA, sino que envía en su reemplazo al Dr. MARTINÓ. En la misma se acuerda reabrir el predio, con el compromiso de firmar un contrato, hasta el mes de octubre de 2016 inclusive,  con un precio bonificado igual a Pinamar, a pesar de que a dicho Municipio, se le está reclamando readecuación de costos y tiene un menor volumen de residuos que Villa Gesell. Bajo esos términos el Municipio de Villa Gesell pagaría lo adeudado, cosa que nunca sucedió. 

k)        El día 05 de Julio de 2016, ECOPLATA, envía el contrato para ser firmado por la Municipalidad. Alcance Exp. Nº 2665/12. 

l)          Con fecha 18 de julio de 2016, ECOPLATA S.A., envía una intimación para la firma del contrato y pago de los servicios prestados. Alcance Exp. 2665/12 

m)      25 de Julio de 2016, se recibe Carta Documento de la Sra. Adriana Miglorisi en carácter de Intendente Interina, debido a que el Intendente Barrera estaba de vacaciones, por medio de la cual nos invita a presentaros en la Municipalidad para firmar el contrato, el cual  no coincide en nada con lo acordado (monto a pagar, fecha de comienzo de la prestación, fecha de finalización del contrato, solicitud de garantías, entre otras cuestiones). 

n)        El día 01 de Agosto de 2016, se contesta carta documento y se interpone pronto despacho. Alcance Exp. 2665/12. 

o)        El día 16 de Agosto de 2016, se lo intima como último aviso para la firma del contrato, en caso de insistir en mantener silencio y la negativa para firmar el mismo, la Empresa cerraría el ingreso al predio; también se comunica que se realizará la denuncia de la creciente deuda a nuestra Empresa sin el correspondiente contrato. Alcance Exp. 2665/12. 

p)        El día 30 de Agosto de 2016, se interpone pronto despacho para el pago de facturas. Alcance Exp. 2665/12.      

q)        A la fecha, la Municipalidad de Villa Gesell ha presentado en el Juzgado de Dolores una medida cautelar para que no se le cierre el predio de disposición final, pretendiendo asegurar el servicio con la metodología que viene utilizando desde el 01 de Junio de 2016 hasta el día de la fecha sin pagar un solo peso. 

  

La Empresa ECOPLATA S.A. ante estos antecedentes ha resuelto: 

 

  1. Suspender los servicios que no han sido contratados por la municipalidad de Villa Gesell, ni pagados a pesar de haberse brindados. 

 

  1. Reclamar el cobro judicial de los mismos.- 

  

  1. Mantener esta situación hasta que el Municipio de Villa Gesell cumpla con los compromisos verbales adquiridos, dado que no resulta justo que un comercio privado, sin un CONTRATO QUE LO OBLIGUE, ASUMA COSTOS MILLONARIOS POR SERVICIOS A UN MUNICIPIO QUE NO PIENSA PAGARLOS, toda vez que de continuar lo situación el quebranto financiero es seguro .- 

 

4) Judicializar todos los reclamos por obligaciones pendientes de pago con motivo del contrato de Concesión rescindido sin causa por el Municipio.- 

 

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