Atento lo solicitado en el punto VIII de fs. 13, trábase embargo sobre los fondos que posea la demandada en las entidades mencionadas y por las sumas de $192.700.-, con más la de $96.000.-, que se presuponen para gastos y costas, siempre y cuando no afecten servicios públicos esenciales o de pago de sueldos, librándose oficios de estilo.
Lo pedido y lo dispuesto por el art 79 de la ley 11723, como medida preventiva, decrétase la suspensión de uso del repertorio musical al demandado Municipalidad de Villa Gesell, a cuyo efecto líbrese oficio a la comisaría de Villa Gesell y líbrese cédula al demandado, todo ello previa CAUCION JURATORIA del peticionante.-