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Política

El Ejecutivo decretó la 'emergencia en seguridad acuática'

11-01-2022 PRIMERO EN MINUTOG- De esa manera, está facultado para contratar en forma directa (sin concurso), dar horas extras y mover agentes, con el fin de garantizar el servicio de seguridad en playa.

MinutoG tuvo acceso exclusivo al decreto municipal 119, firmado hoy por las autoridades locales, el cual declara la "emergencia en materia de seguridad acuática en todo el ámbito territorial del partido de Villa Gesell".

La misma esta argumentada con el contexto del Covid-19 y que el cuerpo de guardavidas actual ha sido afectado en un 15%.  El decreto señala que "la alta transmisibilidad del COVID-19 en la provincia de Buenos Aires se visibiliza más aun en puntos turísticos estratégicos, tales como el partido de Villa Gesell, hecho que sumado a las nuevas mutaciones que presenta el SARS-COV-2, han incrementado de sobremanera el nivel de contagios a lo largo de los últimos días, generando la necesidad de que distintos trabajadores deban cumplir aislamiento obligatorio, ya sea por resultar portadores de la enfermedad, o por ser contactos estrechos de casos positivos", y agrega: "ha derivado en una situación extremadamente compleja al verse afectados distintos servicios esenciales tales como la seguridad en el ámbito acuático, de la cual depende la integridad física y la vida de los bañistas, más aun en esta época del año, teniendo especialmente en cuenta  los elevados niveles de ocupación que presenta el partido de Villa Gesell y en esta particular situación, atravesando una extrema ola de calor que, colocan al turista, en una situación de extrema vulnerabilidad, que debe ser superada mediante la declaración de emergencia en materia de seguridad en playa". 

Este decreto faculta a la Jefatura de Gabinete a realizar la contratación directa de profesionales guardavidas, timoneles y afines que permitan cubrir las necesidades que demande el operativo de seguridad en playas hasta tanto se extienda la presente declaración de emergencia, además de disponer toda otra medida necesaria tendiente a garantizar la seguridad en el ámbito acuático. Tambien podran adoptar las medidas necesarias para la reorganización del operativo de seguridad en playas, entre ellas, modificar regímenes horarios, asignar horas suplementarias y adoptar demás medidas tendientes a garantizar el adecuado funcionamiento del operativo. La Jefatura de Gabinete y a la Dirección de Seguridad en Playas, tqambien quedan facultadas a suspender el otorgamiento de toda licencia sin goce de haberes durante el termino de duración de la presente, como asimismo a revocar las otorgadas a aquellos agentes que se encuentren en condiciones de prestar servicios siempre que exista una necesidad insalvable de contar con su fuerza de trabajo.

La medida se extenderá por el termino inicial de noventa dias corridos.


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