Se aprobó por mayoría la modificacion del plan de alivio fiscal ordenanza 2905, podran acogerse los contribuyentes con deudas por tasas con inicio de reclamo judicial sin sentencia firme (1) los que tenga deudas recurridas de responder de la totalidad de la deuda reclamada, los beneficiados con planes de pago municipales en cuotas (3), los que tengan sus deudas al día (4), los deudores por multa firmes (5)
Seran excluidos las cuentas que hayan sido con reclamo judicial con sentencia y los honorarios de abogados intervinientes.
El presente plan comienza a regir al 1 de agosto de este año. Los contribuyentes gozarán entre el 70% y 80% para los contrubuyentes con deudas y hasta un 30% para los que sean deudores de multas sobre los intereses, subas y actualizaciones hasta el 30 de noviembre de 2020.
