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Judiciales

Condenan a policía por vender autopartes del depósito judicial

07-08-2019 Era el responsable del predio. Fue juzgado en un caso por haber efectuado la venta directa, en otros por permitir la sustracción. El juicio fue abreviado, tuvo sentencia, pero seguirá en libertad.

Un miembro de la Policía bonaerense juzgado por cuatro hechos de peculado fue recientemente condenado por el Dr. Carlos Colombo, actuando éste como Juez unipersonal del Tribunal en lo Criminal nº 1 Departamental.

El juicio tuvo carácter de abreviado y fue consensuado por el Defensor Oficial Dr. Carlos Fortini y el Fiscal Dr. Juan Manuel Dávila, con ratificación expresa del imputado.

El Juez sobre los hechos en juzgamiento señaló:

Hecho I: el 16 de diciembre de 2014 un sujeto aprovechando su condición de funcionario público, encargado de la custodia del predio del depósito judicial de Villa Gesell, procedió a vender a dos menores de edad -bajo la modalidad de trueque- y a cambio de un teléfono celular Nokia Asha 360-, una moto Honda que se encontraba depositada bajo custodia en dicho lugar en el marco de una investigación de trámite por ante la UFID nº  6 de esa ciudad,

Personal de la Patrulla Municipal había alertado a la policía, que en una esquina de la localidad dos jóvenes habían abandonado un tráiler de fabricación casera con una moto desarmada en su interior. A poco de intervenir los efectivos aquellos jóvenes, movilizándose en bicicleta, se acercaron al lugar y asustados dijeron que habían comprado la moto en un desarmadero a un señor de apellido Goicoechea, deduciéndose quien era y que el lugar era el depósito judicial.

Uno de los menores dijo que como no tenían dinero habían canjeado un celular Nokia Asha por un chasis con motor, y los amortiguadores delanteros y traseros de una Honda Biz que había en el desarmadero.

Por su parte un funcionario municipal dijo que en un desarmadero ubicado en el lugar señalado se podían comprar repuestos, que junto a un amigo lo habían hecho y que la persona que los había atendido era un tal Goicoechea.

Hecho II: entre febrero y agosto de 2015, tres sujetos (dos no sometidos a este juicio) que se desempeñaban como Capitán, Teniente y Oficial de la Policía de la Provincia de Buenos Aires en la Comisaria Primera de Villa Gesell, facilitaron la sustracción de una batería, una computadora de motor, una pantalla, la totalidad de las alfombras, fundas de los asientos, rueda de auxilio, herramientas de auxilio, de un vehículo Chevrolet Spin 1.8 que se encontraba bajo custodia en el depósito judicial de dicha ciudad.

El dueño del vehículo al efectuar la denuncia señaló que había solicitado la restitución del mismo, y que al apersonarse en el depósito judicial había constatado los faltantes, por lo que había sacado fotos.

Hecho III: entre junio y julio de 2016 los mismos tres policías del hecho anterior facilitaron la sustracción de cubiertas, la batería, la suspensión y amortiguadores, autopartes y el equipo de un vehículo VW Gol 1.6 que se encontraba bajo custodia en el depósito judicial de Villa Gesell.

La propietaria del rodado dijo que su auto había permanecido un tiempo en la puerta de la Comisaría 1era., que luego había sido trasladado al depósito judicial, donde ella había hablado con un señor Goicochea para solicitar el cuidado del mismo, pero que al ir a retirarlo el auto estaba totalmente desmantelado.

Hecho IV: en mayo de 2012, un sujeto con la jerarquía de Teniente de la Policía bonaerense que se desempeñaba como efectivo de la Comisaría 1era. de Villa Gesell, facilitó la sustracción de una caja de sonido, dos parlantes, un amplificador metálico de 1600 watts de potencia y las ruedas traseras de vehículo Renault 9. También la caja de cambios y la batería de un Mercedes Benz 1114, como así también el motor de un cuatriciclo Honda Fortrack, rodados todos que se encontraban en el depósito judicial de esa localidad.

El Juez precisó, que si bien se advertía la inexistencia de infraestructura necesaria para que el encargado de la custodia del depósito pudiera cumplir con la tarea exigida, en el caso resultaba clara la negligencia del imputado, ya que con su obrar descuidado había permitido la sustracción de las autopartes.

Finalmente el Dr. Carlos Colombo resolvió condenar al efectivo por ser autor y coautor penalmente responsable respectivamente de los delitos de “Peculado de efectos (Hecho I); Peculado de efectos culposo (Hecho II); Peculado de efectos culposo (Hecho III); y Peculado de efectos (Hecho IV), todos en concurso real entre sí”, a sufrir la pena de Dos años de prisión de ejecución condicional, e Inhabilitación perpetua (para ejercer cargos públicos).

 

FUENTE: http://www.compromisodiario.com.ar/condenan-a-policia-por-vender-autopartes-de-vehiculos-bajo-custodia-en-un-deposito-judicial/ 

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