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Judiciales

La justicia determinó que EcoPlata deberá abandonar el basural

15-12-2018 Lo definió el juez en lo Contencioso Administrativo, en el marco de una causa iniciada por la fiscalia de estado. El Municipio de Madariaga comenzará a operar en forma directa allí.
El juez contencioso administrativo de Dolores, Antonio Marcelino Escobar, hizo lugar a una solicitud que realizó la Fiscalía de Estado para que la Municipalidad de General Madariaga pueda tomar el control del predio del basural de Ruta 11 kilómetro 404,5.
 
El pedido surge del trabajo en conjunto que viene realizando la Municipalidad con autoridades provinciales, tanto de la Fiscalía de Estado como del OPDS.
 
Una vez que la firma ECOPLATA sea notificada de la definición, será la comuna la que administre y controle el tratamiento de los Residuos Sólidos Urbano que allí depositan Villa Gesell, Pinamar y esa ciudad.
 
El Juez tomó especial importancia a los incumplimientos que fueron remarcados por el Madariaga, que dieran motivo a la rescisión contractual con la firma ECOPLATA, como así también que de la propia documentación presentada por dicha empresa.
 
A eso le sumó que no existe otro predio habilitado para la disposición final de residuos sólidos urbanos y que no resultaría factible utilizar otros terrenos para este fin por el daño importante al medio ambiente y a la salud de la población.
 
RESUELVO:

1) Hacer lugar a la medida cautelar peticionada, ordenando el cese en el servicio que presta Ecoplata SA, con la consecuente desocupación del predio que está ubicado en General Madariaga, catastralmente identificado como circunscripción IV, Parcela 126 W, Partido 039, Partida 52.439, permitiendo a la Municipalidad de General Madariaga que realice el Servicio Público de Disposición y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos, al solo efecto de evitar un grave daño ambiental y a la salud de los habitantes de la zona. Líbrese oficio a cargo del interesado a la Municipalidad de General Madariaga a los fines de comunicar lo resuelto con adjunción de copias.

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