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Política

NACUS no presta el servicio y registra varios incumplimientos al contrato

23-04-2018 EXCLUSIVO- Lleva tres días sin que sus unidades salgan a la calle. Si el municipio haría cumplir lo firmado, la empresa debería ser severamente sancionada y hasta sacada la concesión. MinutoG analizó una por una las clausulas contractuales y descubrió incumplimientos que el gobierno de Barrera -hasta ahora- pasa por alto.
FOTOGALERIA CON TODA LA DOCUMENTACION

Nacus, hasta hoy, nunca prestó el servicio de transporte público de pasajero, para lo cual la municipalidad de Villa Gesell le otorgó una concesión. Solo, en su primer día, realizó el recorrido del transporte escolar y nada más. Problemas gremiales hicieron que el viernes por la tarde no puedan salir; pero, el “bloqueo” se levantó el mismo día. Sin embargo, la empresa no sacó sus colectivos a la calle el sábado, ni el domingo.  Tres días consecutivos sin servicio para los usuarios.

MinutoG tuvo acceso exclusivo al contrato firmado entre Barrera y el gerente de NACUS el día 22 de marzo. Desde ese momento, la empresa tuvo tiempo para prepararse para prestar el servicio, en nuestra ciudad, algo que hasta ahora no pasó, a pesar de que (el contrato) ya lleva tres días en plena vigencia.

Este portal ya dio a conocer las “ventajas” que le dio la administración Barrera a NACUS, en comparación al contrato de concesión de El Último Querandi. Sin embargo, ni eso ayudó a los empresarios a llegar en tiempo y forma. Ahora, MinutoG volvió a repasar ese documento y encontró varios puntos que el municipio debería aplicar ante el incumplimiento y falta de servicio de parte de la empresa.

 

LO QUE DICE EL CONTRATO (Copia en la fotogaleria)


INCUMPLIMIENTO DESDE EL ARRANQUE

La clausula Cuarta del contrato señala: “El servicio contratado deberá ser inaugurado a los veinte (20) días del mes de Abril de 2018, bajo pena de procederse a la rescisión del mismo por culpa exclusiva del concesionario, sin necesidad de notificación algún”.

Sobre este punto, hay que tener en cuenta que hoy, domingo, se cumplieron 72 horas de falta de servicio desde la fecha pautada como inaugurado. El viernes, la empresa solo prestó el servicio escolar en el turno mañana. Al mediodía, por un problema gremial, no pudo sacar los colectivos para seguir con ese transporte escolar. De hecho, NACUS presentó un escrito en el municipio al respecto, señalando que “por cuestiones de fuerza mayor” no podían prestar el servicio. Pero, ese mismo día el reclamo de la UTA se levantó; sin embargo, durante todo el fin de semana la empresa no sacó los colectivos.

 

SIN SUBE

La clausula octava indica que: “todos los vehículos que componen el parque móvil deberá contar con el lector de SUBE”. Mientras que en otro punto del contrato se fija que: “el no funcionamiento del lector de tarjetas SUBE exigido en cada coche tendrá una sanción diaria de hasta 5 mil boletos”.

Hasta el día de hoy ningún colectivo tiene lectora de SUBE.  Tampoco se conoce si el municipio sancionó por ello a NACUS.

 

LA NO EJECUCIÓN

La clausula Decimo Séptima habla sobre “la ejecución del contrato”. En el ítem A, indica que se debe “prestar el servicio con continuidad, regularidad y eficiencia”. Además,  el ítem D indica que NACUS debe “respetar las frecuencias y el diagrama operativo”.

Nada de eso ha pasado desde el viernes a la fecha.

 

¿LOS PAPELES ESTAN?

La clausula Decima se refiere a la “garantía del contrato”. Allí, entre otras cosas, se habla sobre el Seguro de Caución. El mismo tiene el valor aproximado de 3 millones de boletos. Según el contrato la garantía de contrato debía integrarse en debida forma y presentarse al momento de inicio del servicio de transporte, esto era el 20 de abril.  Además, la clausula decimo segunda señala que, para el 20 de abril, el concesionario debía presentar: a) Constancia de inscripción en AFIP. b) Nomina del parque móvil afectado al servicio, con especificaciones de cada uno de ellas. c) Acreditar la transferencia a su nombre de cómo mínimo el 50% del parque móvil.  Esa clausula señala que, de no cumplirse con la presentación de toda esa documentación (y algunas más) se debe proceder la rescisión de manera automática.

Hasta hoy se desconocer si NACUS cumplió con lo solicitado en esa clausula.  


LOS COLECTIVOS SON POCOS Y VIEJOS

La clausula Decimo tercera señala que la empresa deberá contar con un “mínimo de veinte unidades, modelos 2010 en adelante”. Además, esa clausula indica que deberán estar dotados de lector de tarjetas magnéticas y  calefacción. Por otro lado, sobre los colectivos, esa clausula señala que para “el 20 de abril, la empresa deberá acreditar la transferencia a su nombre de cómo mínimo el 50%”.

Por su parte, la clausula Decimo Cuarta, indica que “la empresa deberá, bajo pena de recisión de contrato, acompañar los seguros”.

Sobre la clausula decimo tercera, habría un visible incumplimiento, ya que la empresa para el día que debía iniciar el servicio, solo presentó públicamente seis colectivos (de los 20 que se le piden). Pero, además, del análisis de las patentes de los colectivos, se puede llegar a la conclusión de que solo 2 de esos 6 colectivos serian modelo 2010 (como lo requiere el contrato) mientras que los otros 4 serian modelos anteriores. (VER FOTOGALERIA).


SIN CONTINUIDAD LABORAL

La clausula decimo quinta habla de la “contratación del personal”. La misma señala que: “·la municipalidad requiere al contratado que el personal a contratar sea el que efectivamente trabajaba en la anterior concesionaria  (Ultimo Querandi)”.

Hasta el día de hoy, la contratación de los ex choferes no se efectivizó.


OBLIGACIONES NO CUMPLIDAS

La clausula decimo octava habla sobre los “servicios”. En el punto 1 indica que “cuando se comprobare que la prestación del servicio no se realiza conforme a la modalidad y condiciones del presente contrato será pasible de recisión de contrato.  Hay varios incumplimientos de parte de NACUS que pueden atenderse con esta clausula, por ejemplo el modelo de los pocos coches presentados.

En el punto 6, el contrato señala  que “el concesionario está obligado a mantener la dotación de personal necesario para garantizar el cumplimiento del servicio”. Sobre ello, vale señalar que por lo expresado públicamente, la empresa solo tiene 10 empleados; siendo necesario para la prestación del servicio alrededor de 70 trabajadores.


PENALIDADES QUE NO SE APLICAN

La clausula Vigésima primera hace mención al “Régimen de Penalidades”. Al respecto señala que: “Las infracciones cometidas por El Prestador serán sancionadas con multas fijadas en cantidad de boletos estipulados para el servicio”.

La clausula Vigésima Tercera en su punto dos indica que: “por cada día de abandono del servicio se impondrá una multa equivalente a diez mil boletos, sin perjuicio de las demás consecuencias que dicho acto pudiere acarrear el concesionario, incluso la resolución del contrato.  A tal efecto se entenderá como abandono de servicio el que se realice indistintamente en uno o más recorridos”.  En el punto tres penaliza la no contratación de los seguros. También con equivalentes en boletos y posible recisión de contrato. Por su parte, el punto cuatro fija el “no cumplir con el recorrido y frecuencia de ejecución propuesto y aceptado”. Esto fija una multa de 5 mil boletos por cada día de demora en el cumplimiento.

La clausula Vigesimo cuarta indica “la prestación irregular de los servicios con relación a las condiciones autorizadas, será penada con una multa diaria de hasta mil boletos hasta la efectiva corrección del servicio, sin perjuicio de que ante la reiteración de dicha falta puede resolverse la recisión de la contratación.

Sobre el contrato con la municipalidad, se indica que “la no remisión de información o documentación requerida, será penada con una multa de hasta 10 mil boletos.

El municipio, ante esta situación,  podría aplicar estas clausulas a la empresa NACUS.  

 

QUE PASARA….

A pesar de haber firmado el contrato, la empresa no cumple varios de esos puntos y el municipio no los hace cumplir. Lejos de exigir, el intendente –públicamente- salió a justificar la demora en el inicio del servicio. Pareciera que no aplicará las multas y medidas que el mismo fijó.  Por lo que nos preguntamos: ¿para que existe el contrato?, si al final ambas parte hacen lo que quieren… Mientras tanto, los usuarios, hace casi 3 meses que no tiene colectivos para tomarse…

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